Por Maury Guzmán Chiomante

El síndrome de burnout o «síndrome del trabajador quemado» hace referencia a la cronificación del estrés laboral. Este se manifiesta a través de un estado de agotamiento físico y mental que se prolonga en el tiempo y llega a alterar la personalidad y autoestima del trabajador. Es un proceso en el que progresivamente el trabajador sufre una pérdida del interés por sus tareas y va desarrollando una reacción psicológica negativa hacia su ocupación laboral.

Este año entro en vigor, la nueva clasificación de enfermedades según la Organización mundial de la Salud (OMS) en la que se incluye al burnout, por lo que todos los países, entre ellos México, deberán considerarlo como un padecimiento laboral. En la actualización de 2019, el organismo lo introdujo en su listado de problemas asociados con el empleo o el desempleo.

Nuestro país es uno de los países con más estrés laboral, incluso antes del Covid, pues al menos 75% de las personas trabajadoras sufría esta condición, según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), superando incluso a China (73%) o Estados Unidos (59%).

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señala que se trata del “agotamiento prolongado de la energía y se caracteriza por la experiencia de cansancio emocional, sentimientos de baja realización personal e insuficiencia, así como despersonalización”.

Esta enfermedad según la clasificación de la OMS tiene los siguientes síntomas: Sentimientos de falta de energía o agotamiento (sentirse contantemente con cansancio, incluso al iniciar el día), sentimientos negativos cínicos con respecto al trabajo (no sentir compromiso con las propias actividades y con las de las demás personas), tener la sensación de ineficiencia y falta de realización.

Respecto al agotamiento laboral el Instituto Mexicano del Seguro Social puso a disposición de todas las personas un curso que se llama “Identificación del burnout o agotamiento laboral”. En él indica que “la respuesta sintomática es similar a la depresión, produce malestares físicos diversos, así como disminución en la motivación e involucramiento en el trabajo”.

Entre aquellos síntomas podremos encontrar: Jaquecas, gastritis, aumento de la presión arterial y mayor incidencia de colon irritable, menor eficacia del sistema inmune, taquicardia, sudoración, temblor corporal, tics nerviosos, obesidad y sobrepeso, pérdida del cabello y aparición de la caspa, menstruación irregular, enfermedades cardiacas, presión de dientes y mandíbula (bruxismo), manos y pies fríos, tensión muscular, diarrea o estreñimiento, insomnio, tartamudeo y alteraciones de la piel.

También tiene los siguientes síntomas psicológicos: poca concentración, disminución de memoria, falta de ganas y de inactiva, preocupación en exceso, pensamiento catastrófico y lento, propensión a tener accidentes, inquietud, miedo o pánico, preocupación excesiva, irritabilidad, reducción del deseo sexual, disminución de la autoestima y constantes cambios de humor que, si no son tratados a tiempo, pueden ser causa de depresión y desestabilidad emocional.

El IMSS también advierte que el burnout “se manifiesta por agotamiento físico y psíquico, apatía, desesperanza y auto concepto negativo”. El siguiente paso a ese cuadro es el aislamiento, el cual conduce al absentismo laboral: “no se acude a las reuniones de trabajo, y se producen cambios de humor y conductas hostiles”. Esto conlleva a sentimientos de inadecuación personal y profesional, causando un deterioro de la capacidad laboral y pérdida del sentimiento de gratificación.

En México la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) creo la NOM-035 la cuál es una ley que establece las condiciones básicas y necesarias de trabajo en los apartados de seguridad, medio ambiente y salud, por ende al ser catalogado por OMS el síndrome de burnout esta misma ley debe exigir a todos los centro de trabajo que se vele por la salud mental y laboral de sus trabajadores.