Maury Guzmán Chiomante

CIUDAD DE MÉXICO.- El día de ayer martes 8 de febrero del 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo código de Ética en donde se abroga al anterior emitido en 2019, con el cual se deberán regir los funcionarios y trabajadores de la administración federal.

El documento señala que el código de ética es aplicable a todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en las dependencias y entidades del gobierno federal, por lo que es obligatorio en cualquiera de sus niveles jerárquicos, incluyendo al personal de base y sindicalizado, y su incumplimiento será objeto de denuncia.

Los principios que rigen el Código de Ética son: respeto a los derechos humanos, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia y transparencia.

En el documento se establece la prohibición de dar o recibir regalos, e instruye a retomar los principios de austeridad republicana y transparencia. También, prohíbe de manera explícita acciones de acoso laboral o sexual, y aclara que éstos pueden ejercerse no sólo de jefes a subordinados, sino también de manera horizontal, ascendente e independientemente del sexo y orientación sexual.

En este Código se regulan las redes sociales en donde se menciona que se procurará cuidar la imagen de las dependencias y entidades, manteniendo un comportamiento acorde con la ética pública y siendo respetuosos de cualquier persona, sin importar su ideología o posicionamiento.

Se establece que en caso de que un funcionario decida destinar sus redes sociales para hacer públicas las actividades relacionadas con su cargo, “se colocan en un nivel de publicidad y escrutinio distinto al privado, por lo que, además de lo dispuesto en el párrafo anterior, se abstendrán de realizar conductas que restrinjan o bloqueen la publicidad o interacción de la cuenta a personas determinadas”

Al igual se establece que los funcionarios Públicos deberán asumir como compromiso el preservar la imagen institucional, “conscientes del alto honor y confianza que la sociedad les ha conferido para desempeñar” su cargo, por lo que deberán actuar con integridad incluso fuera del horario y espacio laboral.

Deberán “realizar ejercicios de reflexión ante dilemas éticos, entendidos éstos como la situación en la que es necesario elegir entre dos o más opciones de solución o decisión, con el propósito de optar por la que más se ajuste a la ética pública”.

También instruye emplear lenguaje incluyente y no sexista en todas las comunicaciones institucionales, al igual se debe evitar realizar conductas tales como: señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo; tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones; hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.

El incumplimiento del código puede ser denunciado ante los comités de ética de las dependencias que podrán emitir recomendaciones al respecto, o ante el Órgano Interno de Control, que es la autoridad al interior de las dependencias y entidades, encargada del conocimiento de denuncias por presuntas faltas administrativas en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.